viernes, 3 de diciembre de 2010

CONVOCATORIA A REUNIÓN DE COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DE LA CTA

Publicado en el diario PAGINA 12   -   01/12/2010
CONVOCATORIA A REUNIÓN DE COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DE LA CTA
Visto que en la fecha 25 de noviembre de 2010, para que fuera oportunamente convocada la reunión de la Comisión Ejecutiva Nacional de la CTA se acordó abrir una instancia de diálogo político previo entre representantes de las Listas 1 y 10, que se llevó a cabo en la misma sede institucional de la Central, entre los Cros. Adolfo Aguirre, Ricardo Peidro y Horacio Fernández, por la Lista 1, y Stella Maldonado, Pedro Wasiejko y Roberto Baradel, por la Lista 10, conforme fue constatado por el Escribano Augusto M. A. Rossi (Mat. 4464), con la finalidad de alcanzar un acuerdo sobre la implementación de las elecciones complementarias que deben llevarse a cabo en los términos establecidos por el Tribunal Autónomo Arbitral en sus diversos laudos emitidos en fechas 14-10-10, 18-10-10, 22-10-10 y 10-11-10, es decir, de manera que se aseguren efectivamente las condiciones de transparencia y participación electoral de los afiliados que se vieron obstaculizadas por las maniobras de fraude que dieron lugar a la anulación de los comicios en amplios distritos electorales por parte del mencionado órgano autónomo que finalizó sus funciones en fecha 17-11-10; y considerando que dicho diálogo se interrumpió a la hora 23.00 del 25-11-10 por decisión unilateral de los representantes de la Lista N° 1 que se opusieron a cumplir las resoluciones del mencionado Tribunal, en cuanto dichos comisionados pretendieron arbitrariamente excluir de la Convocatoria Electoral pendiente a los niveles Provincial, Regional y Local del Distrito electoral de Tucumán —cuyos comicios fueron íntegramente anulados por el árbitro colegiado en todos sus niveles a través del laudo emitido en fecha 22-10-10 y ratificado luego mediante laudo de fecha 10-11-10— y se opusieron injustificadamente a la designación de los Delegados Electorales por consenso de las dos Listas y a la implementación de los padrones en soporte papel y en los términos establecidos en los artículos 33 y 34 del estatuto de la CTA, al solo fin de evitar que se reproduzca en el próximo comicio la adulteración fraudulenta de dichos instrumentos esenciales, que fue constada en el acto electoral precedente y motivó las justas invalidaciones declaradas por el Tribunal Arbitral; en ejercicio de las atribuciones específicamente conferidas por el Estatuto de la CTA y la autoridad de aplicación nacional mediante providencia de fecha 2-11-10, emitida en expte. 1.407.454/10 (siguiendo la práctica institucional de esta Central inaugurada con la prórroga concedida por la autoridad administrativa laboral a la Comisión Ejecutiva con mandato 2002-2006, encabezada por Víctor De Gennaro y solicitada por éste en fecha 08-09-2006 ante el Ministerio de Trabajo de la Nación en el expediente Nº 1.185.917/06), se convoca a nueva reunión extraordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional que, en cumplimiento de los términos establecidos en el art. 17 del Estatuto, deberá celebrarse en fecha 09 de diciembre de 2010, a las 10.00 horas, en la sede social de Piedras 1065, CABA, con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 
  1. Disponer la Convocatoria a Elecciones Complementarias de Comisiones Ejecutivas Nacionales, Provinciales, Regionales y Locales, y de Congresales Nacionales y Provinciales, en los distritos electorales de Mendoza, Tucumán, Misiones, San Juan, Jujuy, Salta, Catamarca, Santiago del Estero, Córdoba y Santa Fe, con el alcance y las pautas que surgen inequívocamente de las resoluciones del Tribunal Autónomo Arbitral, que se encuentran firmes y consentidas por todos los organismos y afiliados de la central, y asimismo en el distrito de Esteban Echeverría – Ezeiza, cuyo comicio fue suspendido por la Junta Electoral Nacional el 23-09-10, proponiéndose a tal efecto, en cumplimiento del plazo de resolución y publicación previsto en el art. 15 del decreto 467/88 y en garantía de la participación democrática y plural de los afiliados, la fecha 17 de marzo de 2011.

  1. Disponer lo atinente a la instrumentación de los comicios complementarios conforme a lo dispuesto en el Estatuto de la CTA (especialmente arts. 3º, 30, 31, 33 y 34); los arts. 14 bis y 18 de la Constitución Nacional; la ley 23.551 y su reglamentación; y las resoluciones del Tribunal Autónomo Arbitral, considerando a tal efecto, los siguientes extremos: a) designación de nuevos Delegados Electorales en los Distritos provinciales y locales cuyo comicio resultó anulado en su totalidad; b) designación de nuevas Autoridades de Mesa, por las mismas razones que motivan la necesidad de designación de nuevos delegados electorales; c) unificación de los horarios de funcionamiento de las mesas, a fin de evitar la reiteración de las irregularidades constatadas en los comicios anulados; d) normalización del padrón electoral de distritos y de mesas y su instrumentación por escrito con copia de seguridad; e) forma y oportunidad de distribución de los padrones definitivos; f) criterios de asignación de las mesas de votación; g) distribución y recolección del material electoral; h) medidas que garanticen la intangibilidad del material electoral; i) procedimiento de escrutinio provisorio y definitivo (lugar, forma, horario, plazo, etc.); j) horario de funcionamiento y atención al público de la Junta Electoral Nacional; k) plazo para formular impugnaciones ante la Junta Electoral Nacional y plazo para su resolución por parte de este órgano; l) definición de aspectos complementarios que hagan a la garantía de la transparencia del acto electoral y la libre participación de los afiliados, que se ha visto obstaculizada conforme ha sido declarado por las resoluciones arbitrales de referencia. Pedro Wasiejko, Secretario Adjunto, Hugo Yasky, Secretario General.     


                                                                                              
                               Pedro Wasiejko                                      Hugo  Yasky
                        Secretario Adjunto                                 Secretario General 

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